TRIBUNAL FISCAL PODRA ANULAR MULTA SI EL CONTRIBUYENTE RECTIFICA SU DECLARACION

 

 

El Tribunal Fiscal (TF), que es un órgano resolutivo del Ministerio de Economía y Finanzas, ha emitido un fallo trascendental que redefine el panorama para las pequeñas empresas en materia de obligaciones tributarias.

El Tribunal Fiscal (TK), brazo judicial del Ministerio de Economía y Finanzas, ha emitido un importante fallo que redefine el panorama de las pequeñas empresas en materia de obligaciones tributarias.

Por lo tanto, declara un principio de aplicación universal, que proporciona importantes beneficios a los contribuyentes que presentan declaraciones modificadas por importes de compra y venta inferiores al umbral prescrito de la mitad de la unidad tributaria - UIT (la cantidad de dinero equivale actualmente a 0,2475 dólares de Singapur). ). El fallo surgió de un caso en el que el contribuyente apeló la sentencia sancionadora emitida por la Sunat, argumentando que su declaración rectificada mostraba un volumen de negociación inferior al límite promedio del IIT y, por lo tanto, debía ejercer la discrecionalidad administrativa para no imponer sanciones.

La Sunat inicialmente desestimó este recurso, argumentando que la infracción había sido subsanada y que era procedente reducir la multa (en lugar de abolirla). La resolución del TF aclara cómo se ejercerán los poderes discrecionales en relación con las sanciones fiscales. El tribunal sostuvo que si un contribuyente presenta una declaración correctiva modificando la declaración original y la nueva declaración no excede la mitad del límite del IIT, no se debe imponer la sanción previamente informada.

La autoridad adjudicadora coincidió con el criterio del contribuyente y anuló la decisión de la Sunat, anulando la sanción. El FG consideró procedente la declaración modificada porque modificaba la base imponible y el importe del impuesto a pagar. Señaló además que el Primer Reglamento de Operaciones Nacionales N° 006-2016/SUNAT/600000 es una norma tributaria de carácter general que debe ser aplicada y que ignorar sus consecuencias podría llevar a un trato desigual a los contribuyentes en circunstancias similares.

Carlos Moreano, director del Departamento Tributario de Philippi Prietocarrizoa Ferrero DU% Uría, explicó que según esta resolución, si el contribuyente corrige la declaración original y no excede el umbral promedio de la UIT para operaciones de venta, el regulador no debe imponer impuestos. sanciones penales. Esto es importante porque - señala - incluso si el monto inicial de la devolución excede este límite, un ajuste que cumpla con los criterios de la resolución eliminará la sanción.

La importancia del principio de presunción de inocencia en la ley de sanciones administrativas demuestra que la determinación de las violaciones debe realizarse luego de verificar plenamente las circunstancias y no basándose únicamente en especulaciones a partir de declaraciones.

 

Fuente: Diario Gestión - pag.13, 4 de diciembre de 2023.