FLEXIBILIZARÁN NORMA PARA PRESENTACIÓN DE BALANCES DE EMPRESAS LISTADAS EN BOLSA

 

 

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) autorizó por 30 días la difusión del proyecto de normas sobre preparación, presentación y difusión de estados financieros, memoria anual e informe de gerencia aplicables a las entidades que supervisa.

Sostiene que es conveniente incorporar flexibilizaciones a la regulación relacionada con la información empresarial mencionada.

Además, considera necesario precisar los alcances de las obligaciones y excepciones a las que están sujetos los emisores de valores nacionales y extranjeros (como acciones y bonos), con la finalidad de contribuir con una mayor predictibilidad y transparencia en la información en el mercado de valores.

El proyecto precisa que su ámbito de aplicación alcanza a los emisores locales y foráneos inscritos en bolsas de valores.

Incorpora expresamente dentro de su ámbito a las sociedades administradoras de plataformas de financiamiento participativo financiero (crowdfunding) y excluye a los fondos de inversión, a fin de que estos se rijan por lo dispuesto en el reglamento respectivo, al igual que los demás patrimonios administrados por los otros supervisados por la SMV.

Buen gobierno

En tanto, los emisores bajo competencia de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) únicamente deben preparar y presentar conforme a las disposiciones de esa entidad.

Pero ello no las exime de la obligación de presentar el reporte sobre el cumplimiento del código de buen gobierno corporativo y el de la estructura accionaria.

Dentro de las principales flexibilizaciones incorporadas y en concordancia con la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF10), la propuesta establece la obligación de presentar estados financieros consolidados cuando el sujeto obligado sea controlador.

En concordancia con la Ley General de Sociedades, se precisa que los estados financieros anuales individuales o separados y la memoria anual deben ser aprobados por la junta general de accionistas u órgano equivalente del sujeto obligado, o que se encuentre facultado de acuerdo con la legislación que le sea aplicable (peruana o extranjera).

Publicado en Gestión - pag.16, 18 de septiembre del 2023.