BUSCAN INCENTIVAR QUE BANCOS FINANCIEN A EMPRESAS INSOLVENTES

 

Recientemente, le presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, anunció que se estarán haciendo modificaciones al proceso concursal (gestion.pe del 19.07.23). El proyecto ya se encuentra en el Congreso de la República y busca modificar un número de aspectos acerca de la ley concursal para volverlo más célere y efectivo.

Al respecto, Gerardo Guzmán, socio del estudio Rubio, explica que el proyecto incluye un número de aspectos positivos, como incentivos para que empresas del sistema financiero otorguen recursos económicos a las empresas en concurso, para ayudarlas a cumplir con una reestructuración empresarial exitosa.

Alfonso Pérez Bonany, socio del estudio PPU, agrega que "hoy no hay ningún incentivo para que un bando preste dinero a una empresa buscando financiamiento. Si se le otorga uno y al final la empresa de igual manera fracasa, el banco es enviado al quinto orden de prioridad para cobrar su crédito y, por ende, no cobra".

Sin embargo, el proyecto presentado por el Ejecutivo pondría a los bancos que financien a las empresas en reestructuración en un segundo orden de preferencia de cobro, luego de los trabajadores de la firma.

Medida saludable

"Esto es sumamente importante porque es un esquema que existe en otras legislaciones, como en Estados Unidos.

Es una medida muy saludable, ya que ninguna empresa podría prosperar si no hay financiamiento y ningún financiamiento llegaría a estar si no se les da un súper privilegio a quienes las financian", recalca Guzmán.

José Jiménez, socio del estudio Rebaza, señala, sin embargo, que poner a las entidades del sector financiero en un segundo orden de prioridad no sería suficiente para asegurar el financiamiento de empresas, puesto que cuando están en un proceso ante el Indecopi, su ranking crediticio se ve afectado, lo cual dificulta que se le otorguen créditos.

Fin del procedimiento

El proyecto establece que una vez que la junta de acreedores ha decidido un plan de reestructuración se le pone fin al procedimiento concursal.

Esto es clave puesto que, según Guzmán, cuando una empresa está en un proceso se mancha su calificación crediticia porque sigue con la etiqueta de que es insolvente. Sin embargo, una vez que tiene un plan aprobado, ya no debería contar con esta condición.

"Los proceidmientos de reestructuración patrimonial deberían concluirse con la aprobación del plan de reestructuración. Sin embargo, en el Perú, una firma sigue en concurso hasta demostrar haber pagado toda su deuda, por lo que termina enredada en un procedimiento concursal por más de 10 años", dice Pérez Bonany.

Jiménez agrega que este es un cambio positivo al permitir que la clasificación de riesgo crediticio de las empresas en concurso se recupere, facilitando su financiamiento.

Ineficacia de actos

Guzmán además señala que se ha modificado aspectos relacionados a la "ineficacia concursal".

En los procesos concursales existe el llamado "periodo de sospecha", un plazo en el que se le faculta a los acreedores del deudor a cuestionar los actos realizados por el deudor que pudiesen perjudicar su capacidad de pago, permitiendo tomar las acciones necesarias para reincorporar el patrimonio que el deudor haya podido disponer a su poder, haciendo ineficaces sus actos.

Jiménez recalca, sin embargo, que en la realidad pocos son los acreedores que interponen denuncias de ineficacia concursal, debido a que llevan a procesos judiciales largos y caros que inclusive pueden durar más que un proceso concursal.

"Al final, cuando el bien se incorpora al patrimonio del deudor, terminan beneficiando a toda la masa de acreedores", señala el abogado.

En ese sentido, el proyecto plantea "premios" para los acreedores para denunciar posibles actos de sus deudores que hayan perjudicado su crédito, otorgándoles parte del capital materia de la denuncia.

Sin embargo, el tema del periodo de sospecha sigue siendo algo confuso, razón por la cual Pérez-Bonany recalca que se necesitan criterios más predecibles sobre qué actos son sancionables dentro del "periodo de sospecha".

Fuente: Gestión - pag.16, 24 de julio del 2023.