INDECOPI BUSCA EVITAR PUBLICIDAD MEDIOAMBIENTAL ENGAÑOSA

 

 

El Indecopi prepublicó el proyecto de su "guía sobre publicidad mediambiental", la cual busca mejorar los estándares nacionales con relación a la publicidad "verde", proponiendo nuevos criterios con los que deberá cumplir toda publicidad que quiera argumentar que un producto o servicio es bueno para el medioambiente, combatiendo contra el "greenwashing".

Esto va de la mano con ajustarse a los estándares internacionales de ESG (Environmental, Social and Governance), sénior manager de EYLaw, quien recalca que el Perú está buscando equiparar la legislación nacional a lso estándares que ya se aplican a nivel mundial.

Según Indecopi, resulta necesario combatir el "greenwashing" debido a que se estaría utilizando para aprovecharse de la masa de "consumidores verdes" que cada vez es más grande cuando el producto, realmente, podría ser dañino para el medio ambiente.

Requisitos

El proyecto de la guía establece que toda publicidad "verde" deberá sustentarse en evidencia obtenida de manera previa a su difusión.

Esta evidencia, recalca el Indecopi, debe estar publicada y ser fácilmente corroborable por los consumidores y debe haber sido obtenida utilizando métodos científicos.

Cabe indicar que esto aplica para toda parte de la cadena productiva que lleva al producto o servicio.

Según Burga, estos requisitos son similares a los ya fijados por los Estados Unidos, Inglaterra, Francia, Hungría, Canadá y la ONU.

Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios de Consumidores y Usuarios (ASPEC), señaló a Gestión que guías como esta son positivas, puesto que cada vez hay más consumidores dispuestos a pagar más por productos buenos para el medio ambiente, por lo que si una empresa va a intentar venderse como una que comercializa un producto o servicio "verde", debe tener la capacidad de probarlo, así como ya se les solicita, con relación a las empresas que alegan que la comida que venden es "orgánica".

Afirmaciones vagas

Por otro lado, se indica que la publicidad deberá evitar el uso de imágenes, colores y afirmaciones de carácter general que no precisen los beneficios específicos del producto o servicio promocionando, con la finalidad de evitar el "greenwashing". Es decir, no se permiten utilizar afirmaciones "vagas".

Al respecto, Mario Zúñiga, senior manager de EY Law, señala que esto le parece un poco restrictivo.

"No nos olvidemos que la legislación que regula la publicidad permite en el Perú desde hace muchos años y en casi todas las jurisdicciones el uso de la exageración y el humor. Entonces, no debemos llegar al extremo de que toda publicidad debe ser objetiva y verificable", recalca.

¿Es obligatorio?

De acuerdo con Indecopi, las sanciones aplicables por infringir estos requisitos "consistn en la aplicación de multas que podrán ascender hasta 700 UIT, sin que esta supere el 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor, relativos a todas sus actividades económicas, correspondientes al ejercicio inmediato anterior al de la expedición de la resolución".

Es decir, las multas ascenderían hasta los S/3,465,000.

Según explica Ana Angulo, asociada del estudio Amprimo, pese a que la guía es orientativa, el Indecopi sí puede iniciar procedimientos sancionadores en contra de empresas en el marco del Decreto Legislativo 1044, la ley de represión de competencia desleal, la cual regula la publicidad engañosa.

"La guía la deja conocer a las empresas los parámetros a seguir; orienta de manera fácil a las empresas. Ahora, si aun así incumplen, se les podrá sancionar en el marco del Decreto Legislativo 1044. Las sanciones tienen como máximo las 700 UIT, pero serán graduadas dependiendo de cada caso puntual", recalca.


Fuente: Gestión, 10 de mayo del 2023.