SUNAT FORTALECE FISCALIZACIÓN AL USO DE INSUMOS QUÍMICOS

 


La administración fiscal mejora acciones en su lucha frontal contra la comercialización de insumos químicos ilegales.


Desde este 1 de julio, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ampliará el control del traslado, almacenamiento y comercialización de los insumos químicos que puedan ser desviados hacia el narcotráfico, en nueve departamentos.

Así, a los distritos de Cusco, Ayacucho, Huánuco y Junín incluidos en las Zonas de Régimen Especial de Control de Bienes Fiscalizados, se sumaran los distritos de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali, ampliando la estrategia de verificación del ente fiscal. 

En dichas jurisdicciones, que abarcan un total de 132 distritos, se controlarán hidrocarburos como diésel y sus mezclas con biodiésel, gasolinas y gasoholes, hidrocarburo alifático liviano (HAL), hidrocarburo acíclico saturado (HAS), kerosene de aviación turbo, solventes 1 y 3, los cuales pueden ser utilizados en el proceso de producción de drogas ilegales.

Por ello, y en atención a que la fiscalización empezará desde el próximo 1 de julio, los usuarios de la zona deberán realizar, con la debida anticipación, su inscripción en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, que es administrado por la Sunat, con la finalidad de realizar sus actividades con los permisos correspondientes.

Para este registro, primero, los usuarios deberán actualizar la información contenida en su RUC (como domicilio fiscal, establecimientos, actividad comercial, entre otros) en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente o a través del portal de la Sunat.

Luego tendrán que presentar la solicitud de inscripción impresa, suscrita y debidamente llenada, a la cual adjuntarán la documentación correspondiente, en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente. Para tener acceso a dicha solicitud, los usuarios deberán ingresar al Portal Sunat con su “Código de Usuario” y “Clave Sol”.

La solicitud no será aprobada si el contribuyente tiene la condición de “no habido” (dirección no validada por la Sunat) en su RUC o tiene un estado distinto a “activo”.

Facultades delegadas

Como parte del D. Leg. N° 1126 y su reglamento, el Poder Ejecutivo delegó a la Sunat la facultad de controlar y fiscalizar el uso de 37 productos o insumos químicos, supervisando las labores de los importadores, productores, transportistas y comercializadores de este tipo de bienes, así como las zonas en donde su venta está restringida o requiere de autorización. Así, durante los primeros cuatro meses del año intervino 564 toneladas de estos productos que son utilizados por el narcotráfico en el Vraem y Alto Huallaga.




Fuente: El Peruano, 03 de junio del 2019.