¿INDECOPI
YA NO APUESTA POR REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS?
Nuevos
cambios publicados establecen que el objetivo del sistema concursal es la
recuperación de los créditos y ya no la permanencia de la unidad productiva
(compañías) en el mercado.
Las
anunciadas modificaciones a
Sostuvo
que se ha establecido que el objetivo del proceso concursal es la recuperación
del crédito y ya no la protección del crédito y ya no la protección del
crédito, la permanencia de la unidad productiva y el patrimonio de la empresa,
como decía la norma anterior, bajo el entendido de que los últimos puntos no
son un objetivo de la ley sino herramientas para la recuperación del crédito.
Para
muchos especialistas esto puede entenderse como una puesta por la liquidación
de empresas y ya no por las reestructuraciones. A lo que Gaviño
se apura en aclarar que “no se trata de ser pro reestructuración o pro
liquidación, sino establecer reglas lo mas claras posibles los que decidan”.
Se debe
sincerar el tema y reconocer que las reglas de la ley son para recuperar los
créditos, acotó.
Reestructuración
“Para
una empresa concursada que sigue recibiendo financiamiento y que quiere seguir
trabajando,
A su
criterio, se han dejado de lado dos temas que parecían ser debatidos e
incorporados, como son el relativo al periodo de sospecha, que desconoce, y por
lo tanto restringe a las empresas las posibilidad de otorgar garantías o
realizar operaciones fuera del giro del negocio un año antes de acogerse al
procedimiento concursal.
“¿Por
qué prohibir los actos fuera del giro del negocio que pueden beneficiar a los
acreedores? Solo deben prohibirse los que busquen despatrimonializar
a las empresas y defraudar a los acreedores, pero no los que pueden mantener la
condición del negocio en marcha”, aclaró.
Indico
que este tipo de financiamientos se pudo haber otorgado bajo alguna clase de
compromiso por parte de algún órgano de gobierno de la sociedad.
Asimismo,
indico que a una empresa con plan de reestructuración aprobado le es complicado
acceder a mecanismos de financiamiento, y cuando acceden lo hacen en
condiciones más onerosas. Debido a como se pagarían esos créditos en caso de
que la empresa se liquidara.
Actualmente,
esos créditos están en el cuarto orden de preferencia, y si bien el proyecto
consideraba ponerlo en el segundo orden, eso no se aprobó.
A
criterio de Marinot, lo que pudo establecerse fue un
tratamiento particular acordado por la Junta de Acreedores. “Es indudable que
no toda empresas concursada es un negocio viable, pero lo lamentable es que las
que sí lo son pierdan”, refirió el especialista
Fuente: Gestión