Los bancos ya no cobrarán por mantenimiento de tarjeta de crédito a partir de octubre de este año, fecha estimada para la aprobación de la nueva versión del Reglamento de Transparencia del Sistema Financiero que modifica la relación de los cobros prohibidos por estas entidades, anunció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
"Esto significa que las entidades financieras no podrán cobrar por el mantenimiento de la línea de las tarjetas de crédito, pues se considera que es una operación inherente a su administración", precisó el jefe del departamento de regulación de la SBS, Jimmy Izu.
Asimismo, los bancos están impedidos de cobrar por disposición de efectivo de las tarjetas de crédito, ni por el uso de una cuenta de ahorro cuando se establezcan como requisito para realizar cargos relativos al pago de alguna operación activa como un crédito hipotecario.
"Si una persona solicita un crédito hipotecario y el banco le abre una cuenta de ahorro para pagar el préstamo, no le podrá cobrar por ese concepto", explicó.
Las entidades financieras tampoco podrán cobrar por el exceso en el uso de la línea de una tarjeta de crédito, si es que hay un límite máximo establecido previamente. "Si el banco ya estableció un límite, no debe permitir excederlo y si lo permite, no debe cobrar", precisó.
De este modo, el nuevo reglamento incluye cuatro nuevos cargos prohibidos y de esa manera amplía de 14 a 18 los cobros que los bancos no pueden hacer a los clientes. Uno de los principales es que se restringe el cobro por la administración de créditos contingentes, como son las tarjetas de crédito o líneas de crédito.
La nueva versión del Reglamento de Transparencia también busca precisar temas como obligar a los bancos a mostrar el valor exacto del cargo aplicable en los cajeros automáticos, la autorización expresa del cliente para alzas en línea de créditos, entre otros.
Estas modificaciones están prepublicadas y las entidades bancarias tienen hasta el 26 de agosto para hacer comentarios sobre estos puntos, los cuales serán revisados en un plazo de entre 15 y 30 días, para después hacer aprobar la norma que se daría en octubre.
Vigencia
Según Izu, el nuevo Reglamento de Transparencia entraría en vigencia tras analizarse los comentarios de las entidades financieras y público en general al proyecto prepublicado y que estará disponible hasta el 26 de agosto. "Estimamos que el reglamento entraría en vigencia en los primeros días de octubre, es decir, un mes después de que concluya el plazo para recibir los comentarios del público y entidades relacionadas", declaró.
Adelantó que en dos meses la SBS publicará el proyecto de norma para uniformar la denominación de las comisiones o gastos que cobran las entidades financieras, con el fin de informar con más transparencia a los usuarios.
Revisión periódica
Los cargos que aplican las entidades financieras en el país deberían revisarse en forma periódica para evitar la proliferación de nuevos costos para los usuarios del sistema, manifestó el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres.
"Creemos que los bancos solo pueden cobrar comisiones por la prestación efectiva de un servicio, lo que no sucedía con los cuatro cargos eliminados por la SBS", comentó. Refirió que también debería eliminarse el cobro por los abonos que se hacen en billetes de baja denominación en las entidades bancarias. "Esto es el colmo", dijo airadamente.
Lo positivo es la que la SBS está ordenando una situación completamente perjudicial para los intereses económicos de los consumidores. "Sin embargo, todavía quedan muchas otras comisiones que siguen vigentes y que deberían eliminarse", puntualizó.
Publicado en El Peruano el 8 de agosto de 2012