UN FALLO OBLIGA AL ESTADO A CUBRIR UN TRATAMIENTO ONCOLÓGICO NOVEDOSO

 



PROTECTORA, ASOCIACIÓN DE DEFENSA AL CONSUMIDOR INFORMA (FUENTE DIARIO LOS ANDES WEB)

El paciente es un hombre de 50 años sin obra social. Hoy le hacen la primera sesión.

Un hombre de 50 años, sin cobertura social, corría el riesgo de morir por cáncer y consiguió que el Ministerio de Salud de la Nación le pague el tratamiento en un hospital privado. Lo logró a partir de que se presentó una acción de amparo ante la Justicia el lunes. Hoy ya recibirá la primera sesión del tratamiento, que es uno de los más novedosos para controlar los tumores del hígado que no son operables.

Sería el primer caso en el país por el cual un paciente oncológico obtiene, a través de una orden judicial, el acceso a un tratamiento en un centro de atención privado , como es el Hospital Italiano de Buenos Aires, con los costos cubiertos por el Ministerio. Cada sesión costará 36.000 pesos, según informó a Clarín Daniel Judkevitch, el abogado del paciente.


En noviembre de 2008, Aquiles Víctor Hugo Misiti fue diagnosticado en el Hospital Durand con un cáncer de recto y múltiples metástasis en el hígado. Sin obra social, pasó a ser derivado a otros hospitales especializados en el tratamiento del cáncer. Recibió diferentes quimioterapias en los hospitales Roffo de la Universidad de Buenos Aires y en el Hospital Marie Curie, que depende del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Pero el estado de Misiti se agravó, y por las características de su enfermedad no puede ser sometido a una cirugía .

El lunes pasado, su abogado presentó una acción de amparo. Argumentó que la vida de Misiti estaba en peligro. Pocas horas después, el juez en lo Civil y Comercial Federal Edmundo Carbone ordenó al Ministerio de Salud pagar la cobertura del tratamiento oncológico. Dispuso que el tratamiento oncológico deberá realizarse en forma “inmediata, integral e ininterrumpida”, e hizo prevalecer en su fallo “el derecho a la salud, que tiene rango constitucional”.

Según el abogado, “el tratamiento consiste en un sistema de quimioembolización, que se aplica para ciertos tipos de cáncer. En la Argentina sólo se ofrece en el Hospital Italiano. Por lo cual, el paciente –que no posee obra social– no tenía recursos para solventar el tratamiento”. Se encuentra sin trabajo y está a cargo de dos hijos. Según la prescripción de los médicos, el hombre necesitará entre 2 y 4 sesiones para recibir el tratamiento completo.

El Ministerio de Salud aceptó la orden judicial y ayer ya se habían girado parte de los fondos. También le dieron ayer medicamentos del banco oncológico de drogas. “Es un hecho sin precedentes.

El juez antepuso el derecho a la vida y a la salud por encima de cualquier otra cuestión para cubrir un tratamiento en el sector privado , y el Ministerio ya actuó favorablemente. Puede sentar jurisprudencia para salvar otras vidas. “Se trata de un fallo interesante –opinó Ramiro Rey Méndez Rodríguez, de la Asociación por los Derechos de los Usuarios de Salud (ADUS)–, en tanto se ejerza responsablemente el hecho de dar los tratamientos a quienes los necesitan”.
 


Antecedentes
En agosto de 2006, el Estado Nacional debió hacerse cargo de cubrir los gastos de una cirugía para tratar obesidad mórbida. Así lo determinó la Justicia tras dar lugar a un reclamo de un hombre de 32 años que pesa 312 kilos. El hombre, Gustavo Prion Rebull, de Posadas, Misiones, no tenía trabajo ni cobertura médica, y había hecho todo tipo de dietas, pero siempre fracasó.

También aumentaron los fallos de la Justicia que ordenaron a las obras sociales a cubrir la fertilización in vitro. En 2007, un juez porteño reconoció el “derecho a exigir las prestaciones que los adelantos médicos van incorporando”.
 


Ciudad indemniza a una familia
El gobierno porteño deberá indemnizar con más de medio millón de pesos a una familia por el contagio intrahospitalario que sufrió un bebé prematuro que nació en el Hospital Rivadavia. La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Elena Liberatori, resolvió así el reclamo de la familia de un bebé que nació en 1993 y que se infectó con la bacteria klebsiella por las “deficiencias en bioseguridad” del hospital. El fallo advierte que el hospital Rivadavia “no contaba ni cuenta con las medidas necesarias para evitar o al menos disminuir al mínimo la posibilidad de contraer esa bacteria”. La jueza condenó al Estado porteño a indemnizar a la familia del nene -quien salvó su vida pero quedó con secuelas que afectan su desarrollo normal- con 510 mil pesos más intereses a contar desde el momento en que ocurrieron los hechos. El contagio ocurrió “mientras se encontraba en la Sala de Neonatología del Hospital Rivadavia, luego de que su madre asistiera de urgencia por un parto prematuro”, estableció la magistrada Liberatori. “Ha quedado demostrado que las lesiones sufridas han generado padecimientos espirituales actuales y futuros”, resumió el fallo en uno de sus párrafos.


 

Fuente:   www.protectora.org.ar