LA JUSTICIA OBLIGO A ECOGAS A PAGAR A UNA USUARIA QUE LE CORTO EL SUMINISTRO


 



PROTECTORA, ASOCIACION DE DEFENSA AL CONSUMIDOR INFORMA (FUENTE DIARIO LOS ANDES WEB)

Después de seis años de conflicto legal, una usuaria de Ecogas logró que la Corte fallara a su favor por lo que la distribuidora deberá pagarle más de $6.300 por daños y perjuicios, como corolario de una demanda iniciada a partir de la decisión de quitarle el medidor, al argumentar una adulteración en su funcionamiento.

En el expediente caratulado “Herrera c/Ecogas y Enargas p/Amparo”, tramitado ante el Juzgado Federal n° 2 de Mendoza, se logró que a través de una cautelar condenara a Ecogas a rehabilitarle el servicio suspendido.

Y pese a que hubo apelaciones sucesivas por parte de la empresa, finalmente el tribunal dio lugar al reclamo por considerar que habían sido avasallados los derechos de la demandante a partir de un trato abusivo, al ponderar los daños derivados de 8 días sin servicio. En mayo de 2003 personal de Ecogas, un policía y una escribana llegaron al domicilio de Magdalena Herrera (62) y su marido Moisés Pérsico (80).

Sólo le comunicaron que debían retirar el medidor por haber detectado una adulteración, consistente en la falta de precintos de seguridad y engranajes incompletos (ver a parte). La mujer debió pagar alrededor de mil pesos entre asesoramiento legal y otros trámites para lograr que se frenara el accionar de la empresa y el servicio le fuera reconectado.

Por las consecuencias de la medida, Herrera había reclamado $ 371,98 en concepto de daño material y $ 6.000 por daño moral, un monto a ajustar a la fecha con los intereses acumulados. El fallo y sus efectos La arbitrariedad de una medida basada en el alegato de un ilícito pero sin haber presentado pruebas contundentes más que un acta notarial (la empresa no hizo lo propio con el medidor en cuestión, que señalaba haber sido adulterado para manipular el dato de consumo) e ir en contra de los derechos del consumidor al privar del servicio estuvieron entre los fundamentos de la sentencia final. “No es la notaria quien afirma qué ocurre con los dientes del engranaje etc., sino que lleva al acta lo que el inspector le manifiesta; o sea, se trata de datos mínimamente técnicos, no verificables sin más por cualquier persona absolutamente lega en ese tipo de mecanismos“, expone en ese punto el fallo firmado por Aída Kemelmajer de Carlucci, Alejandro Pérez Hualde y Pedro Llorente.

Más allá del resarcimiento puntual para la demandante, se trata de una sentencia- paraguas, que sienta precedente para otros casos en los que se dieron condiciones similares y esperan resolución judicial. Las diferencias, a la hora de pedir una indemnización, residen en el tiempo de suspensión del suministro y por ende del grado de afectación.

“Quedan pendientes al menos 8 demandas con sentencia favorable en primera instancia, que implican montos de entre 6 y hasta $20 mil según el lapso en que se vieron privados del servicio. Este fue un típico caso de abuso de derecho, pese a que hubo apelaciones y no se demostraron indicios de adulteración, porque el medidor desapareció, y tampoco se presentaron pruebas”.

A partir del caso expuesto, Ecogas deberá comunicar el procedimiento a Enargas, reemplazar el medidor y permitir al usuario chequear el funcionamiento. Sin embargo, a través de un comunicado, informó que “el 99% de nuestros clientes no registran estos problemas”, y que continuará con su programa de detección y anulación de consumos irregulares”. Por su parte, Víctor Sosa, de Enargas, aseguró que “se dejó asentado el tipo de facturación errónea. Por lo demás, si no se fundamenta, el accionar de retiro se considera improcedente”.


 

Fuente:   www.protectora.org.ar