LA JUSTICIA
OBLIGO A ECOGAS A PAGAR A UNA USUARIA QUE LE CORTO EL SUMINISTRO
PROTECTORA, ASOCIACION DE DEFENSA AL CONSUMIDOR INFORMA (FUENTE DIARIO LOS
ANDES WEB)
Después de seis años de conflicto legal, una usuaria de Ecogas logró que la
Corte fallara a su favor por lo que la distribuidora deberá pagarle más de
$6.300 por daños y perjuicios, como corolario de una demanda iniciada a partir
de la decisión de quitarle el medidor, al argumentar una adulteración en su
funcionamiento.
En el expediente caratulado “Herrera c/Ecogas y Enargas p/Amparo”, tramitado
ante el Juzgado Federal n° 2 de Mendoza, se logró que a través de una cautelar
condenara a Ecogas a rehabilitarle el servicio suspendido.
Y pese a que hubo apelaciones sucesivas por parte de la empresa, finalmente el
tribunal dio lugar al reclamo por considerar que habían sido avasallados los
derechos de la demandante a partir de un trato abusivo, al ponderar los daños
derivados de 8 días sin servicio. En mayo de 2003 personal de Ecogas, un policía
y una escribana llegaron al domicilio de Magdalena Herrera (62) y su marido
Moisés Pérsico (80).
Sólo le comunicaron que debían retirar el medidor por haber detectado una
adulteración, consistente en la falta de precintos de seguridad y engranajes
incompletos (ver a parte). La mujer debió pagar alrededor de mil pesos entre
asesoramiento legal y otros trámites para lograr que se frenara el accionar de
la empresa y el servicio le fuera reconectado.
Por las consecuencias de la medida, Herrera había reclamado $ 371,98 en concepto
de daño material y $ 6.000 por daño moral, un monto a ajustar a la fecha con los
intereses acumulados. El fallo y sus efectos La arbitrariedad de una medida
basada en el alegato de un ilícito pero sin haber presentado pruebas
contundentes más que un acta notarial (la empresa no hizo lo propio con el
medidor en cuestión, que señalaba haber sido adulterado para manipular el dato
de consumo) e ir en contra de los derechos del consumidor al privar del servicio
estuvieron entre los fundamentos de la sentencia final. “No es la notaria quien
afirma qué ocurre con los dientes del engranaje etc., sino que lleva al acta lo
que el inspector le manifiesta; o sea, se trata de datos mínimamente técnicos,
no verificables sin más por cualquier persona absolutamente lega en ese tipo de
mecanismos“, expone en ese punto el fallo firmado por Aída Kemelmajer de
Carlucci, Alejandro Pérez Hualde y Pedro Llorente.
Más allá del resarcimiento puntual para la demandante, se trata de una
sentencia- paraguas, que sienta precedente para otros casos en los que se dieron
condiciones similares y esperan resolución judicial. Las diferencias, a la hora
de pedir una indemnización, residen en el tiempo de suspensión del suministro y
por ende del grado de afectación.
“Quedan pendientes al menos 8 demandas con sentencia favorable en primera
instancia, que implican montos de entre 6 y hasta $20 mil según el lapso en que
se vieron privados del servicio. Este fue un típico caso de abuso de derecho,
pese a que hubo apelaciones y no se demostraron indicios de adulteración, porque
el medidor desapareció, y tampoco se presentaron pruebas”.
A partir del caso expuesto, Ecogas deberá comunicar el procedimiento a Enargas,
reemplazar el medidor y permitir al usuario chequear el funcionamiento. Sin
embargo, a través de un comunicado, informó que “el 99% de nuestros clientes no
registran estos problemas”, y que continuará con su programa de detección y
anulación de consumos irregulares”. Por su parte, Víctor Sosa, de Enargas,
aseguró que “se dejó asentado el tipo de facturación errónea. Por lo demás, si
no se fundamenta, el accionar de retiro se considera improcedente”.
Fuente: www.protectora.org.ar