MULTARÁN A LOS COLEGIOS QUE
REALICEN COBROS INDEBIDOS
Institución lanzó ayer campaña "A clases con Indecopi" para padres. Se detectó
que 30 colegios exigieron pago adelantado de pensión
Lo único que los padres de familia deben pagar a la hora de poner a sus hijos en
un colegio privado es la cuota de ingreso –siempre que se trate de alumnos
nuevos–, la matrícula y la pensión, sostuvo el secretario técnico de la Comisión
de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Edwin Aldana, durante
el lanzamiento de la campaña "A clases con Indecopi" Detalló que el cobro de
cuotas extraordinarias que no hayan sido anunciadas con anticipación al padre de
familia, que no cuenten con la autorización del Ministerio de Educación o
condicionen el ingreso del menor al centro educativo es ilegal y pueden ser
motivo de sanciones y multas considerables.
Manifestó que entre 2008 y 2010 el Indecopi inspeccionó 413 centros educativos
de Lima, detectando que 240 de ellos cometieron alguna infracción contra los
derechos del consumidor en materia educativa.
"La denuncia de estas infracciones se lograron con la modalidad del consumidor
incógnito, lo que resulta muy importante, pues muchas veces los padres de
familia tienen temor de denunciar."
Aldana sostuvo que la ley de protección a la economía familiar y el Código de
Protección y Defensa del Consumidor establece que están prohibidos los cobros
extraordinarios, así como condicionar la matrícula o la prestación del servicio
educativo al pago de rifas, bingos u otros.
Entre los problemas detectados mencionó el cobro de pensiones adelantadas, lo
que quiere decir que se exigió el pago en los primeros días del mes, lo que está
prohibido por ley. "En lo que va del mes, 30 colegios cometieron esta falta."
Otras faltas
Condicionar la matrícula a algún tipo de pago no establecido o realizar
prácticas discriminatorias en contra de los alumnos son otras faltas cometidas
por los centros educativos privados.
"En algunos colegios que visitamos descubrimos que ponen por escrito que el
centro suspenderá al alumno si el padre de familia se atrasa en el pago de las
pensiones dos meses. Eso está prohibido". Además, reiteró que el monto de la
matrícula no puede ser mayor al de la pensión.
Aldana dijo que en los últimos años no se detectó mucho el cobro de seguro de
salud de manera obligatoria, y lo mismo ocurre con el pago de Apafa, que antes
condicionaba la matrícula del menor.
Devolución de pagos
Entre 2008 y 2010, Indecopi impuso a diversos colegios de Lima multas por el
orden de 461 mil 690 nuevos soles, y dictaminó la devolución de aquellos montos
que fueron cobrados sin autorización.
Para medir el cumplimiento de las sanciones impuestas por el Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia, funcionarios de la entidad visitaron 75 colegios,
determinándose que solo el 57% cumplió con la medida correctiva.
Edwin Aldana adelantó que el 7 de febrero realizarán en Lima una reunión con 209
colegios privados, a fin de comunicar las disposiciones que se aplican en el
Código de Protección y Defensa del Consumidor.
50 denuncias mensuales
El número de denuncias en la zona norte está creciendo de manera progresiva, ya
que la gente empieza a tener conocimiento de la existencia de una oficina del
Indecopi en la zona. Empezamos con 10 denuncias mensuales y ahora recibimos
cerca de 50 en este período.
El tema de la formalización de los colegios lo investigamos solo en relación con
el servicio que se ofrece y que podría no darse. La supervisión está puesta en
la calidad del servicio.
Por Karina Garay Rojas
Fuente: Diario El Peruano (26/01/11)