CONDENAN A TIENDA
LA POLAR
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la tienda La Polar al pago de una
indemnización de $600 mil a una consumidora y a una multa de 30 U.T.M. (más de
un millón cien mil pesos) luego que un guardia de seguridad la acusara de robo
tras activarse la alarma mientras se retiraba del recinto.
Gloria Encina pasó una de las vergüenzas de su vida cuando al salir de la
multitienda La Polar fue detenida por uno de los guardias del local, quien la
acusó de robo usando términos muy ofensivos, todo esto a pesar a que ella le
mostró la boleta que acreditaba la compra que llevaba en ese momento.
Con el fin de aclarar la situación y dejar constancia de lo sucedido, la
consumidora llamó a Carabineros, momento en que el guardia que la había detenido
desapareció del lugar en complicidad con el jefe de seguridad del recinto.
Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora recurrió al
SERNAC, organismo que tras realizar una mediación sin resultados positivos,
denunció el hecho ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago.
En el juicio, La Polar se defendió señalando que al momento de salir del local
se activó la alarma, razón por la cual se procedió a desactivarla, chequeándose
los productos y anotándose los datos de la boleta que acreditaba la compra de
los mismos.
La empresa agregó que la permanencia de la consumidora al interior del local fue
por voluntad de la propia clienta y que fue ella quien llamó a Carabineros.
No obstante, y tras analizar los antecedentes, el tribunal señaló que tras
probarse que la consumidora había pagado por los productos, la activación de la
alarma se debió a un error de los sistemas de seguridad y vigilancia de la
tienda, lo que provocó que el guardia presumiera que los productos eran sacados
a escondidas del local.
El tribunal agregó además que el procedimiento aplicado, por lo que se aprecia
en los medios de prueba, fue bastante irregular, pues demoró cerca de cuatro
minutos, lo que no se justificaba ya que bastaba con que el guardia revisara los
contenidos de los paquetes y comparara la boleta para dar terminada la revisión,
por lo que “cualquier acto posterior es redundante y agrava la dignidad de la
consumidora afectada”.
Finalmente, el tribunal condenó al la multitienda La Polar al pago de una
indemnización de $600 mil a la consumidora afectada y al pago de una multa de 30
U.T.M. (más de un millón cien mil pesos) por haber infringido la Ley del
Consumidor que señala explícitamente que los locales comerciales están obligados
a respetar la dignidad y derechos de los consumidores.
Este fallo confirma que los consumidores que son injustamente acusados de hechos
ilícitos deben exigir la presencia de Carabineros o Investigaciones a fin de que
se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió delito.
Es importante recordar que los guardias o personal de seguridad no están
facultados para registrar ni detener a la persona contra su voluntad. En el caso
de la comisión de un delito flagrante debe ponerse de inmediato a disposición de
la Policía.
Asimismo, los guardias deben tener certeza antes de acusar a una persona de robo
y contar con las pruebas ya que una afirmación o acción injustificada, como
seguir a las personas durante su permanencia en la tienda, se convierte
inmediatamente en infracción a la Ley del Consumidor que puede ser sancionada.
Los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan
por los daños sufridos en Tribunales. Una empresa profesional debe respetar los
derechos de los consumidores y responder cuando no hacen un buen trabajo.
Fuente: sernac.cl/