CONDENAN A TIENDA LA POLAR
 



La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la tienda La Polar al pago de una indemnización de $600 mil a una consumidora y a una multa de 30 U.T.M. (más de un millón cien mil pesos) luego que un guardia de seguridad la acusara de robo tras activarse la alarma mientras se retiraba del recinto.


Gloria Encina pasó una de las vergüenzas de su vida cuando al salir de la multitienda La Polar fue detenida por uno de los guardias del local, quien la acusó de robo usando términos muy ofensivos, todo esto a pesar a que ella le mostró la boleta que acreditaba la compra que llevaba en ese momento.
Con el fin de aclarar la situación y dejar constancia de lo sucedido, la consumidora llamó a Carabineros, momento en que el guardia que la había detenido desapareció del lugar en complicidad con el jefe de seguridad del recinto.
Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora recurrió al SERNAC, organismo que tras realizar una mediación sin resultados positivos, denunció el hecho ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago.

 


En el juicio, La Polar se defendió señalando que al momento de salir del local se activó la alarma, razón por la cual se procedió a desactivarla, chequeándose los productos y anotándose los datos de la boleta que acreditaba la compra de los mismos.
La empresa agregó que la permanencia de la consumidora al interior del local fue por voluntad de la propia clienta y que fue ella quien llamó a Carabineros.

 


No obstante, y tras analizar los antecedentes, el tribunal señaló que tras probarse que la consumidora había pagado por los productos, la activación de la alarma se debió a un error de los sistemas de seguridad y vigilancia de la tienda, lo que provocó que el guardia presumiera que los productos eran sacados a escondidas del local.
El tribunal agregó además que el procedimiento aplicado, por lo que se aprecia en los medios de prueba, fue bastante irregular, pues demoró cerca de cuatro minutos, lo que no se justificaba ya que bastaba con que el guardia revisara los contenidos de los paquetes y comparara la boleta para dar terminada la revisión, por lo que “cualquier acto posterior es redundante y agrava la dignidad de la consumidora afectada”.
Finalmente, el tribunal condenó al la multitienda La Polar al pago de una indemnización de $600 mil a la consumidora afectada y al pago de una multa de 30 U.T.M. (más de un millón cien mil pesos) por haber infringido la Ley del Consumidor que señala explícitamente que los locales comerciales están obligados a respetar la dignidad y derechos de los consumidores.

 


Este fallo confirma que los consumidores que son injustamente acusados de hechos ilícitos deben exigir la presencia de Carabineros o Investigaciones a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió delito.
Es importante recordar que los guardias o personal de seguridad no están facultados para registrar ni detener a la persona contra su voluntad. En el caso de la comisión de un delito flagrante debe ponerse de inmediato a disposición de la Policía.
Asimismo, los guardias deben tener certeza antes de acusar a una persona de robo y contar con las pruebas ya que una afirmación o acción injustificada, como seguir a las personas durante su permanencia en la tienda, se convierte inmediatamente en infracción a la Ley del Consumidor que puede ser sancionada.

 


Los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan por los daños sufridos en Tribunales. Una empresa profesional debe respetar los derechos de los consumidores y responder cuando no hacen un buen trabajo.
 

 

 

Fuente: sernac.cl/