JUSTICIA CONDENA A PRESTO LÍDER A PAGO DE INDEMNIZACIÓN EN CHILE
La Justicia condenó a Presto Líder al pago de una indemnización de $350 mil a
una consumidora y a una multa de 70 U.T.M. por no enviarle la cuenta, desconocer
un abono y no dar información aduciendo problemas informáticos, lo que le
impidió a la afectada pagar dentro de los plazos y le significó ser enviada a
DICOM. Además empresa negó información básica comercial al SERNAC.
Maricel Bustos pagaba regularmente su cuenta en Presto Líder por un crédito,
pero durante el mes de julio del año 2008 no recibió su estado de cuenta, por lo
que tuvo que ir personalmente a la sucursal del supermercado en Temuco, donde le
dijeron que sólo aparecía el último pago realizado.
La consumidora no se quedó tranquila y llamó al call center para saber cuánto
debía pagar ese mes, pero le indicaron que en el sistema no aparecía esta
información debido a un cambio de del sistema informático.
Con el ánimo de resolver el problema, la consumidora envió mails a la empresa,
los cuales jamás fueron contestados.
Tras recurrir nuevamente a las oficinas, le recomendaron a la consumidora que no
realizara ningún pago hasta que el problema informático se resolviera, aunque
ella no hizo caso y abonó $50 mil en su cuenta mensual, cantidad que ella
suponía le correspondía pagar.
Sin embargo, al poco tiempo le llegó un estado de cuenta, donde se le cobraba
una suma muy alta y tampoco se incluía el abono realizado. Posteriormente se dio
cuenta que había sido enviada a DICOM por el no pago de esta deuda, razón por la
cual recurrió al SERNAC en busca de una solución.
Este organismo, tras realizar una mediación sin resultados positivos, decidió
insistir, y haciendo uso de sus facultades legales, el SERNAC le solicitó a
Presto Líder que le enviara los antecedentes comerciales de la consumidora, pero
la empresa nuevamente no respondió, razón por la cual el Servicio decidió
denunciar los hechos ante Primer Juzgado de Policía Local de Temuco, haciéndose
parte en la causa.
En el juicio
Presto Líder se defendió argumentando que la consumidora había pagado la deuda
en forma irregular, que debía $58.110 y no $50 mil, “lo que le ha generado una
serie de intereses y gastos de cobranza por la suma inicial de $20.542”.
Asimismo, la empresa agregó que la consumidora al momento de firmar el contrato
con Presto aceptó libre y voluntariamente las condiciones, autorizando de esta
forma los cargos cuando se produjera mora en el pago.
Sin embargo, tras analizar los antecedentes del caso, el tribunal rechazó los
argumentos de Presto Líder, señalando que la empresa no sólo incurrió en
infracción a la Ley del Consumidor al no entregarle la información al SERNAC,
sino que realizó una administración poco profesional del crédito, pues los
estado de cuenta no corresponden a la deuda de la consumidora.
El juzgado agregó que Presto Líder incumplió con la entrega de un servicio de
calidad, ya que la supuesta deuda fue calculada en sistemas computacionales que
no reflejan las transacciones realizadas, sumado a que la afectada terminó en
los registros de DICOM producto de esta deficiente prestación de servicio.
Finalmente, considerando la negligencia de la empresa, la gravedad del daño
causado y el riesgo a que quedó expuesta la consumidora, el tribunal condenó a
Líder al pago de una indemnización de $350 mil y a una multa de 70 U.T.M. (cerca
de $2 millones seiscientos mil), resaltando la obligación legal que tienen las
empresas de entregar información básica comercial al SERNAC cuando este
organismo lo requiere.
Este fallo confirma
Que los consumidores tienen derecho a las cuentas claras y cobros justos. Esto
significa que, deben pagar por el servicio efectivamente prestado o los
productos adquiridos.
El derecho a cuentas claras implica que el consumidor reciba una cuenta mensual
detallada con información oportuna sobre el costo total del producto o servicio
contratado.
La cuenta debe informar: fechas de vencimiento, costos a asumir frente al no
pago, lugares de pago, medios y canales de pago y las fechas en las cuales usted
cae en morosidad.
Si la cuenta no llegó, el proveedor debe generar un canal de información
gratuito para recibir el detalle de sus consumos. Por ejemplo, a través de
sitios web o centrales telefónicas. No obstante, así como la empresa debe
cumplir sus obligaciones, los consumidores deben pagar sus deudas en los plazos
comprometidos.
Asimismo, cobros justos también significa que las empresas deben respetar los
topes establecidos en la Ley para el cobro de intereses y gastos de cobranza.
Si existe un error en los cobros, las empresas deben realizar las devoluciones y
las reparaciones que correspondan a todos los consumidores afectados por la
misma situación.
Cuando un consumidor recibe cobros claramente superiores a lo que suele pagar, o
cobros por servicios no contratados o productos que no compró, merece una
explicación por parte de la empresa. También tienen derecho a exigir las
sanciones e indemnizaciones que correspondan cuando las empresas no respetan sus
derechos.
Fuente: sernac.cl/