JUSTICIA CONDENA A PRESTO LÍDER A PAGO DE INDEMNIZACIÓN EN CHILE

 

 



La Justicia condenó a Presto Líder al pago de una indemnización de $350 mil a una consumidora y a una multa de 70 U.T.M. por no enviarle la cuenta, desconocer un abono y no dar información aduciendo problemas informáticos, lo que le impidió a la afectada pagar dentro de los plazos y le significó ser enviada a DICOM. Además empresa negó información básica comercial al SERNAC.


Maricel Bustos pagaba regularmente su cuenta en Presto Líder por un crédito, pero durante el mes de julio del año 2008 no recibió su estado de cuenta, por lo que tuvo que ir personalmente a la sucursal del supermercado en Temuco, donde le dijeron que sólo aparecía el último pago realizado.
La consumidora no se quedó tranquila y llamó al call center para saber cuánto debía pagar ese mes, pero le indicaron que en el sistema no aparecía esta información debido a un cambio de del sistema informático.
Con el ánimo de resolver el problema, la consumidora envió mails a la empresa, los cuales jamás fueron contestados.
Tras recurrir nuevamente a las oficinas, le recomendaron a la consumidora que no realizara ningún pago hasta que el problema informático se resolviera, aunque ella no hizo caso y abonó $50 mil en su cuenta mensual, cantidad que ella suponía le correspondía pagar.
Sin embargo, al poco tiempo le llegó un estado de cuenta, donde se le cobraba una suma muy alta y tampoco se incluía el abono realizado. Posteriormente se dio cuenta que había sido enviada a DICOM por el no pago de esta deuda, razón por la cual recurrió al SERNAC en busca de una solución.
Este organismo, tras realizar una mediación sin resultados positivos, decidió insistir, y haciendo uso de sus facultades legales, el SERNAC le solicitó a Presto Líder que le enviara los antecedentes comerciales de la consumidora, pero la empresa nuevamente no respondió, razón por la cual el Servicio decidió denunciar los hechos ante Primer Juzgado de Policía Local de Temuco, haciéndose parte en la causa.


En el juicio
Presto Líder se defendió argumentando que la consumidora había pagado la deuda en forma irregular, que debía $58.110 y no $50 mil, “lo que le ha generado una serie de intereses y gastos de cobranza por la suma inicial de $20.542”.
Asimismo, la empresa agregó que la consumidora al momento de firmar el contrato con Presto aceptó libre y voluntariamente las condiciones, autorizando de esta forma los cargos cuando se produjera mora en el pago.
Sin embargo, tras analizar los antecedentes del caso, el tribunal rechazó los argumentos de Presto Líder, señalando que la empresa no sólo incurrió en infracción a la Ley del Consumidor al no entregarle la información al SERNAC, sino que realizó una administración poco profesional del crédito, pues los estado de cuenta no corresponden a la deuda de la consumidora.
El juzgado agregó que Presto Líder incumplió con la entrega de un servicio de calidad, ya que la supuesta deuda fue calculada en sistemas computacionales que no reflejan las transacciones realizadas, sumado a que la afectada terminó en los registros de DICOM producto de esta deficiente prestación de servicio.
Finalmente, considerando la negligencia de la empresa, la gravedad del daño causado y el riesgo a que quedó expuesta la consumidora, el tribunal condenó a Líder al pago de una indemnización de $350 mil y a una multa de 70 U.T.M. (cerca de $2 millones seiscientos mil), resaltando la obligación legal que tienen las empresas de entregar información básica comercial al SERNAC cuando este organismo lo requiere.


Este fallo confirma
Que los consumidores tienen derecho a las cuentas claras y cobros justos. Esto significa que, deben pagar por el servicio efectivamente prestado o los productos adquiridos.
El derecho a cuentas claras implica que el consumidor reciba una cuenta mensual detallada con información oportuna sobre el costo total del producto o servicio contratado.
La cuenta debe informar: fechas de vencimiento, costos a asumir frente al no pago, lugares de pago, medios y canales de pago y las fechas en las cuales usted cae en morosidad.
Si la cuenta no llegó, el proveedor debe generar un canal de información gratuito para recibir el detalle de sus consumos. Por ejemplo, a través de sitios web o centrales telefónicas. No obstante, así como la empresa debe cumplir sus obligaciones, los consumidores deben pagar sus deudas en los plazos comprometidos.
Asimismo, cobros justos también significa que las empresas deben respetar los topes establecidos en la Ley para el cobro de intereses y gastos de cobranza.
Si existe un error en los cobros, las empresas deben realizar las devoluciones y las reparaciones que correspondan a todos los consumidores afectados por la misma situación.
Cuando un consumidor recibe cobros claramente superiores a lo que suele pagar, o cobros por servicios no contratados o productos que no compró, merece una explicación por parte de la empresa. También tienen derecho a exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan cuando las empresas no respetan sus derechos.

 

 

Fuente: sernac.cl/